Estados Unidos definió el ingreso de turistas a partir del 8 de Noviembre de 2021

Monday, 25 de October de 2021

En el día de hoy se publicaron de manera oficial la “Proclamación del Presidente” de Estados Unidos y el “Requisito de comprobante de vacunación COVID-19 para pasajeros aéreos” en relación a como va a ser el ingreso a ese país.


Puede resultar medio tedioso leer todo, pero quise exponerlo así para ser claro y que incluya el texto  publicado por los sitios oficiales. 


En cuanto a la Proclamación del Presidente  Joseph R. Biden se determina que se busca es avanzar en la reanudación de los viajes internacionales a los Estados Unidos, siempre que se cumplan los protocolos de salud y seguridad necesarios. De esta manera los requisitos de vacunación son esenciales.


De acá surgen conceptos que son los más importantes para entender que se busca tratar a todos los paises del mundo de la misma manera, suspendiendo el ingreso a personas no vacunadas, con  algunas excepciones:


Veamos los siguientes puntos: 


Sección 1 - Revocación de suspensiones y limitaciones de entrada específicas de cada país


Sección 2 - Suspensión global y limitación de la entrada de determinadas personas que no estén completamente vacunadas contra COVID-19. La entrada a los Estados Unidos por vía aérea de no ciudadanos que no sean inmigrantes y que no estén completamente vacunados contra COVID-19 está suspendida y limitada, excepto según lo dispuesto en la sección 3 de esta proclamación. Esta suspensión y limitación de entrada se aplica solo a los viajeros aéreos a los Estados Unidos y no afecta la emisión de visas.


Sección 3 - Alcance de la suspensión y limitación de entrada.


(a) La suspensión y las limitaciones de entrada en la sección 2 de esta proclamación no se aplicarán a ningún extranjero que busque entrar como miembro de la tripulación de una aerolínea u otro operador de aeronaves si dicho miembro de la tripulación u operador se adhiere a todos los protocolos estándar de la industria para la prevención de COVID-19, como se establece en la guía relevante para la salud de los miembros de la tripulación emitida por los CDC o por la Administración Federal de Aviación en coordinación con los CDC.


(b) La suspensión y las limitaciones de entrada en la sección 2 (a) de esta proclamación no se aplicarán a:

(i) cualquier extranjero que busque entrar o transitar por los Estados Unidos de conformidad con una de las siguientes clasificaciones de visa de no inmigrante: A-1, A-2, C-2, C-3 (como funcionario de un gobierno extranjero o miembro de la familia inmediata de un oficial), E-1 (como empleado de TECRO o TECO o miembros de la familia inmediata del empleado), G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1 a NATO-4, o NATO-6 (o buscando ingresar como no inmigrante en una de esas clasificaciones de la OTAN);

(ii) cualquier extranjero cuyo viaje se encuentre dentro del alcance de la sección 11 del Acuerdo de Sede de las Naciones Unidas o que viaje de conformidad con la obligación legal de los Estados Unidos (como lo demuestra una carta de invitación de las Naciones Unidas u otra documentación que demuestre el propósito de tal viaje);

(iii) cualquier extranjero para quien, dada su edad, requerir la vacunación sería inapropiado, según lo determine el Director de los CDC, teniendo en cuenta la disponibilidad global de vacunas para las personas de ese grupo de edad;

(iv) cualquier extranjero que haya participado o esté participando en ciertos ensayos clínicos para la vacunación COVID-19, según lo determine el Director de los CDC;

(v) cualquier extranjero para quien la vacuna COVID-19 aceptada esté médicamente contraindicada, según lo determine el Director de los CDC;

(vi) cualquier extranjero a quien el Director del CDC le haya otorgado una excepción por razones humanitarias o de emergencia, según lo determine el Director del CDC;

(vii) cualquier no ciudadano que sea ciudadano de un país extranjero donde la disponibilidad de la vacuna COVID-19 sea limitada, según se identifica de conformidad con la sección 4 (a) (v) de esta proclamación, y que busque ingresar a los Estados Unidos de conformidad con una visa de no inmigrante, excepto una visa B-1 o B-2;

(viii) cualquier extranjero que sea miembro de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos o que sea cónyuge o hijo de un miembro de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos;

(xi) cualquier no ciudadano que busque ingresar como miembro de la tripulación de mar que viaje de conformidad con una visa de no inmigrante C-1 y D, si dicho miembro de la tripulación se adhiere a todos los protocolos estándar de la industria para la prevención de COVID-19, como se establece en la guía relevante para la tripulación salud de los miembros por el CDC; o (x) cualquier no ciudadano o grupo de no ciudadanos cuya entrada sea de interés nacional, según lo determine el Secretario de Estado, el Secretario de Transporte, el Secretario de Seguridad Nacional o sus designados.


Sección 4 - Implementación y ejecución


(a) El Secretario de Salud y Servicios Humanos, a través del Director de los CDC, implementará esta proclamación según se aplique a la salud pública a través de los procedimientos que se establezcan y de conformidad con el juicio independiente de salud pública de los CDC, incluso mediante:

(i) definir y especificar vacunas COVID-19 aceptadas o combinaciones de vacunas COVID-19 aceptadas y contraindicaciones médicas para vacunas COVID-19 aceptadas o combinaciones de vacunas COVID-19 aceptadas, para los fines de esta proclamación;

(ii) definir si una persona está completamente vacunada contra COVID-19 y especificar métodos aceptables para demostrar que una persona está completamente vacunada contra COVID-19, para los propósitos de esta proclamación;

(iii) especificar métodos aceptables para demostrar que una persona ha hecho los arreglos para cumplir con los requisitos y protocolos de salud pública aplicables para protegerse contra la introducción, transmisión y propagación de COVID-19 en y a través de los Estados Unidos, incluidas las pruebas previas a la salida, pruebas posteriores a la llegada, autocuarentena o autoaislamiento posterior a la llegada y vacunación posterior a la llegada contra COVID-19, para los fines de esta proclamación;

(iv) determinar si ciertas personas califican como participantes en ciertos ensayos clínicos para la vacunación COVID-19, para los propósitos de esta proclamación;

(v) mantener una lista de países donde la disponibilidad de la vacuna COVID-19 es limitada, definiéndose tales países como aquellos donde menos del 10 por ciento de la población total del país ha sido completamente vacunada con cualquier vacuna COVID-19 disponible o se determina de otra manera por el Director de los CDC para calificar como países donde la disponibilidad de la vacuna COVID-19 es limitada; y

(vi) establecer otras medidas de salud pública consistentes con esta proclamación para proteger contra la introducción, transmisión y propagación de COVID-19 en y a través de los Estados Unidos por personas descritas en la sección 2 de esta proclamación.


(b) El Secretario de Transporte y el Secretario de Seguridad Nacional tomarán las medidas necesarias para garantizar que las aerolíneas no permitan a los no ciudadanos a los que se les ha impedido la entrada de conformidad con esta proclamación abordar una aeronave que viaje a los Estados Unidos, en la medida en que lo permita la ley.


Sección 6 - Fecha de vigencia. Esta proclamación entra en vigencia a las 12:01 am hora estándar del este del 8 de noviembre de 2021. Esta proclamación no se aplica a las personas a bordo de un vuelo programado para llegar a los Estados Unidos que partió antes de las 12:01 am hora estándar del este del 8 de noviembre. 2021.


Por su parte la CDC (Centers for Disease Control and Prevention) que son los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades​, publicó bajo el título "Requisito de comprobante de vacunación COVID-19 para pasajeros aéreos" información adicional a la Proclama Presidencial y ahí se menciona que esto "no se aplican a los ciudadanos estadounidenses, los ciudadanos estadounidenses, los residentes permanentes legales de los Estados Unidos y los inmigrantes".


Y sigue: 


- Si usted es un ciudadano no estadounidense que no es inmigrante (no es ciudadano estadounidense, ciudadano estadounidense, residente permanente legal o viaja a los Estados Unidos con una visa de inmigrante), deberá mostrar prueba de estar completamente vacunado contra el COVID-19 antes de viajar en avión a los Estados Unidos desde un país extranjero.

- Algunas categorías de no ciudadanos, no inmigrantes están exceptuados de este requisito. Si cumple con los criterios para una de estas categorías, deberá cumplir con requisitos adicionales para viajar en avión a los Estados Unidos.

- En este momento, todos los pasajeros aéreos de 2 años o más, independientemente de su ciudadanía o estado de vacunación, deben mostrar un resultado negativo de una prueba viral COVID-19 o documentación de recuperación de COVID-19 antes de abordar un vuelo a los Estados Unidos


Se le considera completamente vacunado:


- 2 semanas (14 días) después de su dosis de una vacuna COVID-19 de dosis única aceptada.

- 2 semanas (14 días) después de su segunda dosis de una serie aceptada de la vacuna COVID-19 de 2 dosis; o

- 2 semanas (14 días) después de recibir la serie completa de una vacuna COVID-19 "activa" (no placebo) en los ensayos de la vacuna COVID-19 AstraZeneca o Novavax con sede en EE. UU.

- 2 semanas (14 días) después de recibir 2 dosis de cualquier combinación de vacunas COVID-19 aceptadas administradas con al menos 17 días de diferencia (*)


Si no cumple con estos requisitos, NO se le considera completamente vacunado.


(*) Los CDC no han recomendado el uso de series primarias de vacunas mixtas COVID-19. Sin embargo, estas estrategias son cada vez más comunes en muchos países fuera de los Estados Unidos. Por lo tanto, con el fin de interpretar los registros de vacunación para viajar a los Estados Unidos, los CDC aceptarán combinaciones de vacunas COVID-19 aceptadas .


Por si no queda claro la CDC dice: "Si no está completamente vacunado contra COVID-19 , NO se le permitirá abordar un vuelo a los Estados Unidos, a menos que cumpla con los criterios para una excepción según la Proclamación y la Orden de los CDC".


Luego se menciona las categorías de no inmigrantes no ciudadanos que cumplen con los criterios para una excepción bajo la Proclamación y la Orden de los CDC que incluyen:


- Personas en viajes diplomáticos u oficiales de gobiernos extranjeros

- Niños menores de 18 años

- Personas con contraindicaciones médicas documentadas para recibir una vacuna COVID-19

- Participantes en ciertos ensayos de la vacuna COVID-19

- Personas a las que se les ha concedido una excepción humanitaria o de emergencia

- Personas con visas válidas [excepto visas B-1 (negocios) o B-2 (turismo)] que sean ciudadanos de un país extranjero con disponibilidad limitada de la vacuna COVID-19

- Miembros de las Fuerzas Armadas de EE. UU. O sus cónyuges o hijos (menores de 18 años)

- Miembros de la tripulación de mar que viajen con una visa de no inmigrante C-1 y D

- Personas cuya entrada sea de interés nacional, según lo determine el Secretario de Estado, el Secretario de Transporte o el Secretario de Seguridad Nacional (o sus designados)


Si viaja por avión a los Estados Unidos bajo una de estas excepciones, se le pedirá que certifique que está exento del requisito de presentar Prueba de estar completamente vacunado contra COVID-19 basado en una de las excepciones enumeradas anteriormente. Según la categoría de la excepción, es posible que deba dar fe de que:


- Se le hará la prueba del virus COVID-19 de 3 a 5 días después de su llegada a los Estados Unidos, a menos que tenga documentación de haberse recuperado del COVID-19 en los últimos 90 días;

- Se pondrá en cuarentena durante 7 días completos, incluso si el resultado de la prueba viral posterior a la llegada es negativo, a menos que tenga documentación de haberse recuperado del COVID-19 en los últimos 90 días; y

- Se aislará si el resultado de la prueba posterior a la llegada es positivo o si desarrolla síntomas de COVID-19.


Según la categoría de la excepción, si tiene la intención de permanecer en los Estados Unidos por más de 60 días, es posible que se le solicite adicionalmente que certifique que: 

- Acepta vacunarse contra COVID-19; y

- Ha acordado vacunarse por completo contra COVID-19 dentro de los 60 días posteriores a su llegada a los Estados Unidos, o tan pronto como sea médicamente apropiado, a menos que (para niños) sea demasiado joven para ser vacunado.


Un padre u otra persona autorizada debe dar fe en nombre de un pasajero menor de 18 años. Una persona autorizada puede testificar en nombre de cualquier pasajero que no pueda firmar su propia atestación (por ejemplo, porque es demasiado joven o debido a una discapacidad física o mental).


Si usted es un no ciudadano no inmigrante y está completamente vacunado , asegúrese de que su vacuna y prueba de vacunación sean aceptables para abordar un vuelo a los Estados Unidos.


Por último, y simpre útil, están las Preguntas Frecuentes que sirven para aclarar algunos puntos y se pueden encontrar en este llink: https://www-cdc-gov.translate.goog/coronavirus/2019-ncov/travelers/proof-of-vaccination.html?_x_tr_sl=en&_x_tr_tl=es&_x_tr_hl=es&_x_tr_pto=nui#covid-vaccines


Mucho se dijo y se habló de este tema, pero lo cierto es que recién hoy se puede hablar o de confirmar de manera oficial con esta Proclamación y lo publicado por la CDC. 


Hasta la próxima !!


Pablo

12 COMENTARIOS

Leandro el Monday, 25 de October de 2021 a las 21:40
Hola Pablo, no entiendo muy bien, viajamos a Estados Unidos en diciembre, con mi esposa, ambos completamente vacunados con AstraSeneca, y nuestras hijas de 4 y 8 años, ambas con la primera dosis, calculo que para diciembre ya tendrían el esquema completo, si no recibieran la segunda dosis, tiene q hacer cuarentena cuando llegan o intérprete mal las excepciones?, saludos!!!
Pablo - DesdeElPatio el Monday, 25 de October de 2021 a las 22:55
Hola, por lo que entiendo las personas no vacunadas NO INGRESAN. Pero las excepciones son los menores de 18 años así que con ellos no hay problema.
Osvaldo el Monday, 25 de October de 2021 a las 22:03
O sea, si tenés 2.de sputnik o combinada con otra,No entras. Reprogramando viaje nuevamente en 3.......2.......1.......
Pablo - DesdeElPatio el Monday, 25 de October de 2021 a las 22:55
Exacto. Nada dice de Sputnik como vacuna aprobada...
Pamela el Monday, 25 de October de 2021 a las 22:28
Tengo una pregunta super boba porq estoy entrando en pánico, los vuelos q salen de Argentina hasta el 7nov a la medianoche entran sin problemas como hasta ahora, no? Tengo sputnik y viajo el 5 a la noche para USA. Gracias!
Pablo - DesdeElPatio el Monday, 25 de October de 2021 a las 23:03
Te respondo con esto que es oficial: "Sección 6 - Fecha de vigencia. Esta proclamación entra en vigencia a las 12:01 am hora estándar del este del 8 de noviembre de 2021. Esta proclamación no se aplica a las personas a bordo de un vuelo programado para llegar a los Estados Unidos que partió antes de las 12:01 am hora estándar del este del 8 de noviembre. 2021." Así que si... incluso hasta los que tienen vuelo para todo el 7 de Noviembre de acuerdo a la hora del este de EEUU.
Ramiro Lean el Monday, 25 de October de 2021 a las 23:12
Pablo y si estás de tránsito? Podes pasar con Sputnik?
Pablo - DesdeElPatio el Tuesday, 26 de October de 2021 a las 07:23
De acuerdo a lo que se menciona, Sputnik no es vacuna aceptada. Estés en tránsito o directo, desde el 8/11 no se puede.
Natalia el Tuesday, 26 de October de 2021 a las 06:57
Pablo: cómo estás ? Entonces menores de 18 están ok or el ingreso pero tendrían q hacerse un test a los “ Tantos “ días de ingreso más 7 días de cuarentena? Entendí bien? Gracias , cariños, nati
Pablo - DesdeElPatio el Tuesday, 26 de October de 2021 a las 07:25
Yo entendí que si, pero... veremos si aparecen algunas aclaraciones en las próximas horas. Algunas cosas son confusas.
Seba el Tuesday, 26 de October de 2021 a las 08:28
A ver si me ayudan a entender, yo viajo el 22 por 5 dias, con vacuna aprobada y pcr negativo, entro OK, pero luego me hacen un pcr entre los 3 y 5 dias y aun asi estas aislado?
Pablo - DesdeElPatio el Tuesday, 26 de October de 2021 a las 08:31
Entiendo que es el 22 de Noviembre. Entiendo que vacunación completa y el PCR o Antígeno desde 3 días antes de subirte al avión en Argentina. Listo. Fijate en el Nuevo Post que acabo de subir que hay más info: "Requisitos para viajeros aéreos a Estados Unidos. Aclaraciónes e información adicional"
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